Izquierda Unida Puerto de la Cruz

jueves, 11 de diciembre de 2008

Alegaciones al Reglamento Orgánico Municipal

D. Jonás González González natural de Puerto de La Cruz, mayor de edad, con DNI 43375393- S y con domicilio a efectos de notificación en Calle Pelinor, nº 4, ó en el teléfono 637 87 86 70, en calidad de Coordinador Local de IUC del Puerto de La Cruz, y en representación de la misma y como mejor proceda en Derecho, desea hacer constar lo siguiente:

Teniendo conocimiento de que se encuentra en fase de exposición pública el Reglamento Orgánico Municipal presento, en tiempo y forma, las siguientes alegaciones:

ÚNICA:

Solicitamos la modificación de la Disposición Adicional Única, quedando de la siguiente manera:

DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única.- Para garantizar las funciones de control y fiscalización legalmente atribuidas, todo Partido Político, Coalición, Federación o Agrupación de Electores que obtenga representación en el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz y no forme parte del Grupo de Gobierno tendrá derecho a que uno de sus concejales perciba retribuciones, por el ejercicio de las funciones propias de su cargo en régimen de dedicación exclusiva, equivalente al 80% de la prevista para los Concejales que ostenten Delegaciones Específicas en el mismo, requiriéndose, para ello, la aceptación de la persona designada.
La percepción de dicha retribución será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Asimos, en el caso de que en el Partido Político, Coalición, Federación o Agrupación de Electores, uno de sus concejales perciba retribuciones con cargo a otras administraciones por hacer la labor de oposición con dedicación exclusiva, la disposición actual no surtirá efectos y ningún otro concejal del Partido Político, Coalición, Federación o Agrupación de Electores podrá percibir la retribución fijada en este Reglamento.
Por todo lo expuesto anteriormente,
Solicitamos que se tengan por presentadas en tiempo y forma las presentes alegaciones y, dado que su intención es enriquecer el documento inicial, instamos a que se asuman y se añadan al documento final.
Lo que hago constar para que surta los efectos oportunos
En Puerto de la Cruz, a 2 de diciembre de 2008
Jonás González González
Coordinador Local de IUC

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]



<< Inicio