El pasado lunes 31 de marzo, el coordinador local de Izquierda Unida Canaria, Jonás González, acompañado del responsable de organización de la asamblea, Giovanni García, presentaron en el registro del Ayuntamiento alegaciones al borrador del II Plan Joven del municipio y al Reglamento del Consejo Municipal de Participación Ciudadana.
La asamblea local de Izquierda Unida Canaria confía en que la mayor parte de las alegaciones sean asumidas por el grupo de gobierno y añadida a los documentos finales.
A continuación se adjuntan las alegaciones al II Plan Joven y al Reglamento de Participación Ciudadana:
"D. Jonás González González natural de Puerto de La Cruz, mayor de edad, con DNI 43375393- S y con domicilio a efectos de notificación en Calle Pelinor 4 o en el teléfono 637 87 86 70, en calidad de Coordinador Local de IUC del Puerto de La Cruz, Y en representación de la misma y como mejor proceda en Derecho, desea hacer constar lo siguiente:
Teniendo conocimiento de que se encuentra en fase de exposición pública el borrador del II Plan joven del Puerto de la Cruz, presento, en tiempo y forma las siguientes alegaciones:
Tras el proceso participativo de evaluación del I Plan Joven, desde la Concejalía de Juventud se llegó a la conclusión de que los jóvenes portuenses, entre otras cosas, exigían un compromiso formal y realista a la administración en la realización y ejecución del II Plan Joven (Borrador II Plan Joven, p. 14).
Respecto a la cuestión de la formalidad queda demostrada con el acuerdo plenario en el que se aprobaba por unanimidad el borrador del II Plan. Sin embargo, respecto al segundo compromiso exigido por los jóvenes a la administración portuense, es decir, el compromiso realista, los jóvenes de Izquierda Unida tenemos serias dudas de que la administración haya asumido ese realismo que demandaban los jóvenes en la elaboración e implementación del II Plan Joven.
Es por ello, y dado que desde la concejalía de Juventud se entiende, entre otras cosas, como un plan “En permanente construcción por sus permanentes posibilidades de acción y de producción de cambios reales…”; por lo que presentamos las siguientes aportaciones al II Plan con el firme deseo de que sean asumidas e incorporadas al documento final.
Asumiendo las siguientes aportaciones, la concejalía de Juventud demostrará que el discurso teórico del Plan (plan en permanente construcción) se corresponde con la praxis política y que el Plan no persigue ser un documento lleno de mensajes y objetivos bonitos pero inalcanzables sino un instrumento de transformación social y de mejora de calidad de vida de los/as jóvenes portuenses.
Las alegaciones que presentamos los jóvenes de Izquierda Unida y que creemos que repercutirán en una mejora en el bienestar de la sociedad portuense son las siguientes:
PRIMERA:
El II Plan Joven y su ejecución no puede ser la construcción de un castillo en el aire. Todo Plan (joven, vivienda, igualdad, etc.) debe ir acompañado de una asignación económica en la que se muestre y se mida el compromiso de la administración con los ciudadanos.
En el documento se dice respecto a los recursos para la implementación del mismo lo siguiente:
“Recursos disponibles”
- “Presupuesto del área de juventud.”
No se cuantifica dicho presupuesto o si todo está destinado al Plan Joven o a éste y también a otras actividades. Es decir, con sólo esa afirmación y sin los datos no sabremos si es posible ejecutar todas las acciones propuestas por los diferentes colectivos. Sin el dato del presupuesto no se está cumpliendo con el compromiso realista exigido por los jóvenes a la administración.
- “Otros agentes sociales implicados”
No se detallan que agentes son, ni que grado de implicación van a tener en el desarrollo del plan. Por lo tanto, solicitamos que se detalle el nombre y función que van a tener los agentes sociales implicados en el desarrollo del mismo.
- “Subvenciones y otras fuentes de financiación”
Respecto a las otras fuentes de financiación no sabemos a lo qué se refiere, quienes son esas fuentes. Igualmente respecto de las subvenciones. ¿Se refieren a subvenciones que están concedidas? o ¿Subvenciones que se pedirán y quizás si (o no) sean otorgadas). Se vuelve a vulnerar el compromiso de realismo. Por lo tanto, solicitamos que se aclare cuales son las otras fuentes de financiación y en qué cantidad, así como, aclarar si las subvenciones están ya concedidas o existe un alto porcentaje para que se concedan.
Si lo anterior concierne a los recursos disponibles, respecto a los “Recursos que se deberían ampliar” son voluntades que no se sabe si se cumplirán, si son un compromiso firme, etc. Por lo tanto, los jóvenes de Izquierda Unida exigimos que se cuantifique esas voluntades para hacerlas más creíbles a los jóvenes portuenses. Cuando se dice que se “debería ampliar el equipo técnico del área de juventud, los presupuestos del área de juventud…” ¿representa esto un compromiso? ¿ y si lo es ¿ ¿ hasta dónde ?.
A modo de resumen y para finalizar con la primera alegación, los jóvenes de IUC solicitamos que se asigne la partida presupuestaria al presente Plan año por año. Es decir, que se cuantifique cuanto cuesta ejecutar el Plan año a año y cuanto se va a destinar desde la corporación municipal.
SEGUNDA
El II Plan Joven no recoge la temporalización de la ejecución de todas las acciones que se detallan. No conocemos cuando se ejecutarán ninguna de las acciones para cumplir con los objetivos ( 2008, 2009…). Creemos desde IUC que no se debe confundir la flexibilidad, como principio vertebrador del Plan, con la indeterminación en la ejecución de las acciones.
Por lo tanto, abogamos por que se introduzca una planificación, por lo menos anual, respecto a la organización de las acciones y los objetivos.
TERCERA
El primer objetivo general del Plan es “Potenciar la población juvenil activa”.
Coincidiendo plenamente con éste y entendiendo como suficientes los indicadores que nos dirán si habremos llegado a la consecución del mismo, proponemos que se describan las acciones que se van a llevar a cabo para cumplir con cada uno de los objetivos específicos de este primer objetivo. Es decir, y a modo de ejemplo, específico 1.2 dice “fomentar su presencia e implicación en los espacios de toma de decisiones…” pues, ¿cómo se va a conseguir eso? ¿qué actividades están previstas?. La evaluación, a través de los indicadores, está clara y es suficiente pero, no está suficientemente descrito el cómo. Sólo se remite una serie de acciones en el punto 7 del borrador del Plan que no sabemos cuando, ni donde se van a ejecutar, ni con cuantas personas, etc. y no sabemos tampoco a que objetivos están relacionadas.
Por lo tanto, solicitamos que en el documento final se relaten todas las acciones que se van a llevar a cabo para cumplir con cada uno de los objetivos específicos.
CUARTA
El segundo objetivo general es “fomentar la difusión de la información…”
Para que podamos cumplir con él, solicitamos que se incluya dentro de un objetivo específico la creación de una radio y una revista municipal. Esta propuesta, entregada en el proceso de elaboración del Plan, no está recogida ni como objetivo ni como acción prevista. Dada su importancia, y teniendo en cuenta el efecto positivo , ya argumentado en los diferentes encuentros con Juventud a nivel de formación, información e integración de los portuenses, jóvenes y no tanto, y como punto de encuentro entre diferentes sensibilidades que a nuestro juicio tendría para el éxito de este plan solicitamos que sea incluida en el documento final. Asimismo proponemos la Casa de la Juventud como lugar ideal para su ubicación.
Los indicadores parecen adecuados para acreditar si se ha cumplido. Al igual que en el anterior, también solicitamos que se detallen las acciones a realizar para cumplir con cada uno de los objetivos específicos. Además en la relación de acciones del punto 7 no aparece ninguna que sirva para conseguir el objetivo de fomentar la difusión de la información.
QUINTA
Respecto al tercer objetivo “crear espacios por y para jóvenes”.
Entendemos adecuado los indicadores diseñados para medir su cumplimiento, pero reiteramos que se describan las acciones para alcanzar los objetivos específicos. Por ejemplo, en el 3.2 “Promover la creación de nuevos espacios en los barrios del municipio”. ¿ Cómo se va a realizar ? ¿ Se contratará a algún técnico para ello o se realizará a través de un proyecto o campaña específica?. Creemos que definir este tipo de cosas ayudará a la logro de los mismos. En la relación de acciones del punto 7 del borrador, no sabemos cuales y cuando se ejecutarán para cumplir con este tercer objetivo.
SEXTA
El cuarto objetivo es “promover actividades de ocio y tiempo libre creativas y saludables”.
Valoramos el certamen artístico “Cruzarte”. Evidentemente es muy importante y como tal debe de tener su relevancia en este II Plan Joven, pero no podemos basarnos solo en él como medio para garantizar la consecución de éste objetivo.
Hay que fomentar y promover el desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre, el conocimiento del entorno natural y urbano, etc. pero, ¿Cómo?, ¿Qué medidas se toman al respecto?, volvemos, pues, al problema de las acciones, de la ejecución. Nuevamente, se deberían de definir este tipo de aspectos, FECHAS APROXIMADAS DE ACTIVIDADES, CRONOGRAMA, etc.
SEPTIMA
En cuanto a las “propuestas a desarrollar durante la implementación del II Plan Joven”, destacar que se enumeran las actividades y proyectos de ocio, deportivos, educativos-formativos, musicales, medioambientales, a modo “lista de la compra” pero, sólo eso, volviendo a adolecer de plazos para su ejecución. Proponemos al menos un calendario aproximado de actividades anuales intentando aglutinar el mayor número de propuestas posibles.
Por ejemplo, clases de canto, ¿Cuándo?; talleres ¿Dónde?; viajes, fiestas, visitas ¿en qué fechas?; es evidente, que no se puede saber con exactitud de aquí a cinco años (conclusión del II Plan Joven) donde y cuando se pueden desarrollar distintas actividades, pero sí sería recomendable realizar una especie de borrador orientativo año por año.
En definitiva, que volvemos al mismo problema: La ACCIÓN Y EJECUCIÓN de Plan.
OCTAVA
En el punto 10 del borrador y para mejorar la “evaluación y seguimiento del II Plan Joven” los jóvenes de IUC solicitamos que se asuman las siguientes aportaciones:
§ Se anuncia en el borrador la constitución de del Consejo Municipal de Juventud y del Foro Joven. Dado que los jóvenes seremos parte activa en la evaluación y seguimiento del II Plan Joven queremos conocer cual va a ser la composición de ambos órganos, que ésta aparezca en el documento final, quiénes participarán y cuales serán sus funciones para conocer si realmente podremos llevar la labor de evaluación y seguimiento que nos encomienda el Plan.Que las FICHAS DE SEGUIMIENTO Y VALORACIÓN elaboradas cada 6 meses por áreas municipales, representantes políticos y profesionales, etc § sean también remitidas a todos los colectivos juveniles o sean publicadas en la página Web de Juventud. El presente Plan sólo contempla que esas fichas sean enviadas al área técnica de juventud. Desde IUC solicitamos que se envíen también a los colectivos.
Por todo lo expuesto anteriormente;
Se solicita que se tengan por presentadas las presentes alegaciones al borrador del II Plan Joven del Puerto de la Cruz y teniendo en cuenta la declaración de principios de dicho plan respecto a las áreas municipales “asumirán las propuestas de los/as jóvenes y movilizarán recursos en pro de las mismas” instamos a que se asuman todas las alegaciones presentadas y se incorporen al documento final.
En Puerto de la Cruz a 31 de marzo de 2008
Jonás González González
Coordinador local de IUC
D. Jonás González González natural de Puerto de La Cruz, mayor de edad, con DNI 43375393- S y con domicilio a efectos de notificación en Calle Pelinor 4 o en el teléfono 637 87 86 70, en calidad de Coordinador Local de IUC del Puerto de La Cruz, Y en representación de la misma y como mejor proceda en Derecho, desea hacer constar lo siguiente:
Teniendo conocimiento de que se encuentra en fase de exposición pública el Reglamento del Consejo Municipal de Participación Ciudadana y con la finalidad de darle un mayor carácter participativo y para que realmente pueda cumplir con sus objetivos señalados en el artículo 2º, presento, en tiempo y forma, las siguientes alegaciones:
PRIMERA
Para el cumplimiento de los tres objetivos generales que persigue el Reglamento de Participación Ciudadana (art. 2º del Reglamento) se necesita una ampliación de las funciones que tiene el propio Consejo. IUC entiende que sin un aumento de las funciones el Consejo queda inhabilitado para conseguir los tres objetivos generales y perdería la finalidad para la que será constituido. Es por ello, que a las 8 funciones básicas diseñadas, solicitamos que se le añadan al documento final, las siguientes funciones:
i) Realizar un seguimiento del cumplimiento del Reglamento de Participación Ciudadana y promover su difusión.
j) Coordinar las labores de actualización y modificación del Reglamento de Participación Ciudadana y, en su caso, de elaboración de un nuevo reglamento.
k) Actualizar y, en su caso, modificar o reelaborar el Reglamento del propio Consejo.
l) Coordinar e intercambiar información sobre el funcionamiento de los Consejos Sectoriales y de Barrio.
m) Debatir los presupuestos municipales, el Plan General de Ordenación y sus revisiones y modificaciones, y las ordenanzas, reglamentos y otras disposiciones de carácter general, así como todos aquellos proyectos relevantes para la ciudad, y emitir informes al respecto.
n) Proponer al pleno municipal asuntos a abordar en sus sesiones.
ñ) Proponer al pleno la realización de consultas populares sobre temas de ámbito municipal.
o) Decidir sobre el uso y la cesión del patrimonio municipal.
p) Presentar anualmente a la Corporación Local un estado de necesidades del municipio elaborado de forma participativa para su inclusión en el plan de actuación municipal.
SEGUNDA
Para que el Consejo Municipal de Participación Ciudadana refleje mejor la pluralidad de la sociedad portuense solicitamos que se añadan como vocales del Consejo Municipal los representantes de los siguientes colectivos:
- Un/a representante de cada sindicato con presencia en el municipio, elegido conforme a los estatutos o normas por las que se rigen.
- Un representante de cada una de las formaciones políticas que desarrollan su actividad en el municipio y puedan acreditar fehacientemente este hecho. En su defecto, operará como criterio de aceptación la relación de las formaciones políticas que concurrieron a las Elecciones Locales en la última convocatoria electoral.
- Asimismo, podrán asistir a las reuniones del Consejo, con voz y derecho a presentar propuestas pero sin voto, todas aquellas entidades y ciudadanos y ciudadanas mayores de 16 años que lo deseen.
TERCERA
La representación en el Consejo Municipal de Part. Ciudadana tiene que ser ecuánime y ajustada a la realidad. Para ello, instamos a que se modifiquen el número de representantes de los siguientes colectivos:
- Dos representantes de cada uno de los Consejos sectoriales y de barrio existentes en el municipio, elegido entre sus miembros. (solicitamos que se pase de 1 a 2 representantes)
- Un representante de cada Asociación de Vecinos del municipio, censadas en el Registro de Entidades Ciudadanas y que formen parte de su Junta Directiva. (solicitamos que se pase de 3 representantes pos Asociación a 1 representante)
CUARTA
Los representantes del movimiento ciudadano no deben sólo ostentar la representación en sus cargos como vocales. Para ello, solicitamos cambiar el art. 4 del Reglamento (composición del Consejo), quedando de la siguiente manera:
El Consejo Municipal de Participación Ciudadana lo componen:
a) La Presidencia
b) Dos Vicepresidencias
c) Los y las Vocales
d) La Secretaría
Este cambio en el artículo 4º (pasar de 1 a 2 vicepresidencias) conlleva la modificación del artículo 7º del Reglamento. Pedimos que quede de la siguiente manera:
Artículo 7º.- Vicepresidencias.
Habrá dos Vicepresidencias.
1) La Vicepresidencia primera recaerá en el miembro corporativo que ostente el cargo de Concejal/a de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, o, en su defecto, en aquel o aquella en el que expresamente delegue e/la Sr/a Alcalde/sa.
Sustituirá a la persona que ostente la Presidencia en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
2) La Vicepresidencia segunda recaerá en un representante del movimiento asociativo, elegido por y de entre los miembros del Consejo.
Ambas ejercerán las funciones que expresamente le delegue el propio Consejo, dándole cuenta de ello.
QUINTA
Con el fin de poder cumplir mejor con los objetivos que se ha propuesto el Consejo Municipal, solicitamos que se aumenten las siguientes atribuciones al Consejo y se añadan en el artículo 11º (Atribuciones del Consejo):
Artículo 11º.- Atribuciones del Consejo.
e) Aprobar un informe de las actuaciones realizadas a lo largo del año, en la primera sesión que celebren en el ejercicio siguiente, dando cuenta al Ayuntamiento y publicándolo en la web municipal y otros medios de difusión.
f) Nombrar al Defensor del Vecino y delimitar sus funciones.
SEXTA
Para que la ejecución de las reuniones del Consejo sean lo más satisfactorias posibles, y mejorar la participación de las entidades sociales, solicitamos un cambio en el artículo 13º del Reglamento, quedando de la siguiente manera:
“Las sesiones serán convocadas por el/la Presidente/a, con un mínimo de siete días de antelación, con el fin de poder incorporar en el orden del día las propuestas de todos los sectores representados”.
SÉPTIMA
Dado que el grado de participación en el Consejo Municipal es equitativo entre todos sus miembros/as, solicitamos el siguiente cambio en el artículo 20º del Reglamento, quedando de la siguiente manera:
- Art.- 20º.- Gratuidad del cargo.
Todos los cargos del Consejo Municipal serán gratuitos.
OCTAVA
En cuanto al artículo 16º Actas, solicitamos que se añadan los siguientes apartados:
- En los contenidos de las actas elaborados por la Secretaría debe constar también los acuerdos adoptados durante la reunión del consejo.
- Se publicará un resumen de las actas en la web municipal y otros medios de difusión, promoviendo su máximo conocimiento entre los vecinos.
NOVENA
Respecto al artículo 22º del Reglamento del Consejo Municipal Disolución, y para darle más seguridad al carácter indefinido del Consejo, pedimos que se asuman las siguientes aportaciones:
“La disolución del Consejo Municipal de Participación Ciudadana, en el caso de que procediese, deberá ser acordada por el Ayuntamiento Pleno, con la mayoría absoluta legal de sus miembros y siempre a instancia o petición de la mayoría absoluta del Consejo Municipal”
DÉCIMA
Solicitamos un cambio en la redacción del artículo 9º Secretaría, quedando de la siguiente manera:
“Será ostentada por el Secretario General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue. Actuará con voz pero sin voto en las sesiones del Consejo y tendrá como misión levantar acta de las reuniones del Consejo, notificar los acuerdos recaídos y expedir, con el visto bueno del Presidente, las certificaciones correspondientes. Hará las citaciones para las sesiones del Consejo con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
UNDÉCIMA
Ya que la asistencia al Consejo es voluntaria, es decir, representa un derecho y no un deber, instamos a que se suprima el apartado f del artículo 18:
f) Por inasistencia, sin justificar, a más de cinco reuniones.
Por todo lo expuesto anteriormente,
Se solicita se tengan por presentadas en tiempo y forma las presentes alegaciones y para que el Consejo Municipal de Part. Ciudadana refleje la pluralidad de la sociedad portuense y realmente sea un elemento de participación de los vecinos en los asuntos públicos, instamos a que se asuman todas las alegaciones presentadas y se añadan al documento final.
Lo que hago consta para que surta a los efectos oportunos
En Puerto de la Cruz a 31 de marzo de 2008
Jonás González González
Coordinador Local de IUC